Buenos días.
Soy David, opositor sito en Madrid, intentando sacarme alguna plaza de informática (nivel A2 o equivalente) y acabo de registrarme.
Acaba de salir el desglose de notas del segundo ejercicio de la oposición A2 "Cuerpo Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado" y me gustaría revisar mi examen, más que nada para entender mejor cómo funcionan en la práctica los criterios de puntuación para el supuesto práctico como "sistemática" y "capacidad de análisis", para no volver a cometer los mismos errores.
El caso es que en la resolución con las puntuaciones provisionales se habla de:
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora del Instituto Nacional de Administración Pública en el plazo de un mes
y no estoy seguro de si un recurso de alzada sirve para lo que yo quiero, porque da la impresión por lo que me he informado de ser ya un paso más serio, previo a meterse en juicio.
¿Me podría orientar alguien que haya realizado alguna reclamación de este tipo antes? Me gustaría saber sobre todo como funcionaría, si se reuniría alguien en persona conmigo para dar una explicación usando mi examen como referencia, o si simplemente me mandarían un escrito detallando los criterios de puntuación.
No sé si hay un criterio uniforme para estos casos o depende de cada oposición y cada tribunal evaluador, pero he preguntado en un foro más especializado y nadie contesta.
Muchas gracias.
Soy David, opositor sito en Madrid, intentando sacarme alguna plaza de informática (nivel A2 o equivalente) y acabo de registrarme.
Acaba de salir el desglose de notas del segundo ejercicio de la oposición A2 "Cuerpo Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado" y me gustaría revisar mi examen, más que nada para entender mejor cómo funcionan en la práctica los criterios de puntuación para el supuesto práctico como "sistemática" y "capacidad de análisis", para no volver a cometer los mismos errores.
El caso es que en la resolución con las puntuaciones provisionales se habla de:
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora del Instituto Nacional de Administración Pública en el plazo de un mes
y no estoy seguro de si un recurso de alzada sirve para lo que yo quiero, porque da la impresión por lo que me he informado de ser ya un paso más serio, previo a meterse en juicio.
¿Me podría orientar alguien que haya realizado alguna reclamación de este tipo antes? Me gustaría saber sobre todo como funcionaría, si se reuniría alguien en persona conmigo para dar una explicación usando mi examen como referencia, o si simplemente me mandarían un escrito detallando los criterios de puntuación.
No sé si hay un criterio uniforme para estos casos o depende de cada oposición y cada tribunal evaluador, pero he preguntado en un foro más especializado y nadie contesta.
Muchas gracias.